En el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de
aseguramiento de su calidad, se destaca una nueva estructuración de los estudios
y la incorporación de un enfoque formativo centrado en las competencias del
estudiantado, considerando la necesidad de impulsar una docencia basada en una
metodología de enseñanza–aprendizaje, en la cual la clase magistral debe
compartir protagonismo con otras estrategias y formas de enseñar y aprender, que
buscan reforzar la capacidad de trabajo autónomo del estudiantado, y que utiliza
las nuevas tecnologías de la información y la comunicación uno de sus principales
pilares. Para ello se promueve la innovación docente como estrategia fundamental
de las universidades con el objeto de adaptarse a los cambios sociales,
económicos, tecnológicos y culturales que se desarrollan en cada momento
histórico.

Dentro de los estudios universitarios propios, la formación permanente estará
conformada por una serie de enseñanzas cuya finalidad es fortalecer la formación
a lo largo de la vida, actualizando y ampliando sus conocimientos, sus capacidades
y su habilidades generales, específicas o multidisciplinares de los diversos campos
del saber.

La universidad garantizará la calidad y el rigor académico y científico de los títulos
de formación permanente, mediante los sistemas internos de garantía de la calidad
que la institución universitaria determine y de acuerdo con la modalidad docente
en que se impartan podrán ser:

Modalidad docente presencial: Conjunto de la actividad lectiva que se
desarrolla de forma presencial (interactuando el profesorado y el
estudiantado en el mismo espacio físico, sea este el aula, laboratorios o
espacios académicos especializados
Modalidad docente híbrida (o semipresencial): Cuando la actividad
lectiva que enmarca el plan de estudios engloba asignaturas o materias en
modalidad presencial y virtual (no presencial), siempre manteniendo la
unidad del proyecto formativo y la coherencia en todos aquellos aspectos
académicos más relevantes
Modalidad docente virtual (o no presencial): Se entiende por modalidad
docente virtual aquella en que el conjunto de la actividad lectiva que se
enmarca en el plan de estudios se articula a través de la interacción
académica entre el profesorado y el estudiantado que no requiere la
presencia física de ambos en el mismo espacio docente de la universidad.

Los planes de estudios deberán incorporar la modalidad docente elegida, dado que
condiciona el desarrollo formativo del título.

Autora: Emilce Insua Nipoti: Doctora en Medicina y Cirugía. Médico estético.
Alumna del Diploma de Experto en Comunicación Pública, Divulgación de la
Ciencia y Asesoramiento Científico de la Universidad Autónoma de Madrid curso
2023/24.

La redacción de este blog se ha basado en el análisis de los contenidos
del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de
aseguramiento de su calidad.